A- de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Alberto Ruiz Llano Vs. Alcaldia Municipal De Orocue Y Sociedad Inversiones Los Cedros S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decisiones adoptadas tienen carácter obligatorio y vinculante
- Debe ser consistente con sus decisiones previas
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Se debe demostrar la afectación ostensible, probada, significativa y trascendental que tenga repercusiones sustanciales y directas en la decisión o en sus efectos
- Discrepancia del solicitante no configura causal de nulidad
- Improcedencia de recursos
- Se convierte en precedente cuando su ratio decidendi configura una regla determinante para resolver el caso
- Requisitos que debe llenar para convertirse en precedente
- Autonomía e independencia judicial
- Requisitos de procedencia
- Denegada en sentencia T-1104/08 en proceso judicial de lanzamiento por ocupación de hecho de inmueble rural
- Debe resolverse por la Sala Plena de la Corte Constitucional
- Unica causal de nulidad en procesos de competencia de la Corte Constitucional
- Extralimitación de competencia si es asumida por las Salas de Revisión con vulneración al debido proceso
- Causal de nulidad
- No tiene incidencia en la fuerza vinculante y la obligatoriedad de los fallos de tutela proferidos por las salas de revisión
- Solo se verifica cuando una sala de revisión desconoce los procedimientos sentados por la Sala Plena
- Concepto
- Precedente obligatorio para las salas de revisión
- Supuestos de procedencia
- Reglas judiciales emanadas de la interpretación de una norma superior para la solución de un caso concreto
- Debe ser decidido por la Sala Plena
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso y cumplimiento de la carga argumentativa de quien la alega
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DENEGAR la nulidad de la sentencia T-1104 de 2008 proferida por la Sala Octava de Revision.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.